La Junta de Apelaciones Migratorias acaba de hacer una decisión sobre el asunto de competencia mental para los extranjeros en el proceso de deportación.
En junio de 2010 un juez de inmigración ordeno la deportación de un extranjero. El tenía varias convicciones incluyendo unos por drogas y fue cargado por tener felonías agravadas. También el juez decidió que el no tenia ningún recurso contra la deportación. El que responde (extranjero) apelo argumentando que el juez nunca evalúo su competencia mental. La Junta de Apelaciones decidió en favor del extranjero y mando el caso al juez de inmigración otra vez. En esta decisión, Matter Of M-A-M, la junta explica su posición en este tipo de caso.
El extranjero era de Jamaica. Había entrado a los Estados Unidos como residente legal en 1971. En su primera audiencia en septiembre de 2009, el tenia problemas en responder a preguntas básicas como su nombre y fecha de nacimiento. El dijo al juez que le diagnosticaron con esquizofrenia e indico que necesitaba medicina. En su segunda audiencia en octubre de 2009 el explico que tenia una historia de problemas mentales y que no estaba recibiendo su medicina en la cárcel. El pidió un cambio de lugar para estar mas cerca de su familia y su abogado pero esa moción fue negada. El tenía otras audiencias en noviembre 2009, diciembre 2009, enero 2010 y abril 2010 y siempre menciono sus problemas mentales y pidió permiso para ver a un psiquíatra.
En junio 2010 una jueza diferente tenía su última audiencia y su record mental fue entrado en el record. La jueza pregunto al extranjero sobre su salud mental y su tratamiento. Específicamente, la jueza pregunto si el podía seguir con la audiencia y el extranjero respondió que el haría lo mejor que podía. Inicialmente, el extranjero dijo que no podía representar a si mismo; pero “creo” que podía contestar a las preguntas de la jueza y el fiscal. La jueza siguió con la audiencia. En su decisión la jueza menciono su condición mental pero nunca hizo una decisión sobre la competencia de este hombre. Ella decidió que el seria deportado por sus convicciones pero no por la felonía agravada. Decidió que no calificaba por ningún recurso y lo ordeno deportado a Jamaica.
El apelo la decisión con la ayuda de un abogado.
La decisión de la Junta de Apelaciones explico que la corte puede presumir que un extranjero es competente. Eso quiere decir que el tiene la responsabilidad de presentar prueba que el no estaba competente. Si no hay evidencia que el no es capaz, el juez no tiene que analizar la competencia de el.
El procedimiento de deportación es civil, no criminal, entonces una audiencia puede continuar aun si el extranjero no es competente, pero la audiencia tiene que ser justo. Para determinar si un extranjero es bastante competente para participar en la audiencia depende de su habilidad de entender el proceso, si el puede consultar con un abogado, y si el tiene una oportunidad de examinar y presentar evidencia e interrogar testigos.
La decisión en “Matter of M-A-M” explica lo que el juez tiene que hacer si un extranjero muestra una competencia limitada durante el proceso. El Servicio de Inmigración tiene la obligación de presentar evidencia que existe en su archivo sobre estado mental de la persona. En la próxima columna voy a seguir con este caso y explicar cuales son las protecciones especificas que el juez tiene que ofrecer al extranjero.
Beverly Black, Esq. es abogada de las leyes migratorias y de familia en
Filadelfia, PA con mas que veinte años de experiencia. Ella surgiere que
usted busque consejo legal porque cada caso es diferente.El consejo en este
artículo es informacion general y no debe ser considerado consejo legal. Su
telefono es 215-722-6080 pero si quiere hacer una pregunta por favor visite
su website: _www.beverlyablack.com_ (http://www.beverlyablack.com) .
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